El Ministerio de Industria, Energía y Turismo pone en marcha el PIVE-6 dotado con 175 millones de euros.

Fecha de entrada en vigor del Plan: Viernes, 27 de junio de 2014



Acceso para puntos de venta PLAN PIVE 6 

 

El Consejo de Ministros ha aprobado la sexta convocatoria del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-6), que tiene por objetivo la sustitución de otros 175.000 turismos y comerciales ligeros y favorecer la compra de vehículos con menores consumos de combustible.

Como en la anterior convocatoria, la adquisición de estos vehículos recibirá un apoyo económico de hasta 3.000 euros, aportados por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo y por el fabricante o punto de venta. 

En total el Gobierno ha destinado 715 millones de euros al Programa de Incentivos a Vehículo Eficiente, a través de sus seis convocatorias. 

 

20.06.14. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy la sexta convocatoria del Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente (PIVE-6), dotado con 175 millones de euros, con el objetivo de sustituir vehículos, turismos y comerciales ligeros, con más de 10 años y 7 años de antigüedad respectivamente, por modelos de alta eficiencia energética, de menor consumo de combustibles y emisiones de CO2.  

En total, el Gobierno ha destinado 715 millones de euros a las seis convocatorias de este Programa de incentivos a la compra de vehículos de mayor eficiencia energética. El alcance previsto del plan es la sustitución de unos 175.000 vehículos, que supondrán un ahorro de 60 millones de litros de combustible al año.

Esta sexta edición del PIVE estará vigente desde el día siguiente a su publicación en el BOE, y tendrá una duración de doce meses o hasta el agotamiento de los fondos.

Beneficiarios y  cuantía de las ayudas 

Podrán beneficiarse de las ayudas del Plan PIVE-6 particulares, profesionales autónomos, microempresas y PYMES. El beneficiario obtendrá la subvención directamente mediante el descuento correspondiente en el punto de adquisición del nuevo vehículo. 

El Plan PIVE-6 mantiene los elementos fundamentales de los anteriores programas. La cuantía de la ayuda pública aportada por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo es de 1.000 euros por vehículo, a los que se sumará el descuento que ha de aplicar el fabricante o punto de venta del nuevo vehículo incentivable en la factura de compraventa y que será, como mínimo, de otros 1.000 euros.

Para el caso de familias numerosas y exclusivamente para vehículos con más de cinco plazas y para las personas discapacitadas con movilidad reducida que adquieran vehículos adaptados, se eleva la ayuda pública a 1.500 euros, así como el descuento que ha de aplicar el punto de venta, resultando una cuantía para los beneficiarios de al menos 3.000 euros. 

El precio del vehículo nuevo no podrá exceder de los 25.000 euros antes de IVA/IGIC (30.000 euros en el caso de discapacitados)

En esta sexta edición se incluye la obligación de los puntos de venta o concesionarios adheridos al Programa de informar a los beneficiarios acerca de la sensibilización en la conducción eficiente asociada a la venta del vehículo nuevo, mediante la entrega de un folleto con información de estas técnicas junto con la documentación del vehículo, así como una breve explicación por parte de dichos puntos de venta. 

Además, se exigirá como condición para disfrutar de la ayuda que el comprador entregue en el punto de venta la fotocopia del recibo del pago del Impuesto de circulación del vehículo achatarrado, actualizado como mínimo al año 2013. Así se garantiza que el vehículo que se achatarra realmente se retira del parque de vehículos circulante, asegurando la consecución de los objetivos de ahorro energético previstos en el Programa. 

Por otro lado, ante las solicitudes de la Fundación ONCE, se ha extendido la categoría C a vehículos M1 adquiridos por beneficiarios con movilidad reducida y si se trata de N1, se amplía el nivel de emisiones a 180 gr CO2/km. Por último, se ha contemplado el cruce de vehículos adquiridos por familias numerosas o personas con movilidad reducida que adquieran vehículos a GLP o Gas Natural que anteriormente, al no estar etiquetados los vehículos, la aplicación no permitía conceder la  ayuda incrementada en 500 euros.

Las ayudas son incompatibles con las anteriores ediciones del plan así como con las ayudas del Plan PIMA Aire de vehículos comerciales del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medioambiente. Sin embargo, si es compatible con las ayudas del Ministerio de Industria, Energía y Turismo al vehículo eléctrico.

Requisitos  para acogerse  a las ayudas 

Los vehículos susceptibles de acogerse al programa serán nuevos y deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.- Vehículos de turismo (categoría M1):

Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida (propulsados total o parcialmente mediante motores de combustión interna de gasolina o gasóleo y eléctricos), que a la fecha de solicitud de la ayuda se encuentren clasificados como clase A o B en la “Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos” según recoge el Real Decreto 837/2002 y la Directiva 1999/94/CE de etiquetado de turismos.

Eléctricos puros. 

Propulsados por motores de combustión interna que puedan utilizar combustibles fósiles alternativos (autogás  –GLP- y Gas Natural) que figuren en la Base de Datos del IDAE de consumo de carburantes y emisiones de CO2 de coches nuevos, y además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).

2.- Vehículos comerciales ligeros (categoría N1):

Convencionales, híbridos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida propulsados total o parcialmente por medio de motores de combustión interna de gasolina, gasóleo, GLP y Gas Natural que, además, acrediten contar con emisiones de CO2 homologadas no superiores a 160 g/km (gramos por kilómetro).

Eléctricos puros. 

3.- Los vehículos turismos (M1) y comerciales (N1) con emisiones de CO2 iguales o inferiores a 120 g/km clasificados como clase A, B, C o D, en la citada base de datos.

4.- Sólo en el caso de que el solicitante, persona física, sea integrante de familia numerosa, los vehículos turismos (M1) dotados con más de cinco plazas podrán estar clasificados como clase A, B y C en la citada base de datos.

 

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